5/29/2017

PETICIÓN DE HERENCIA , ASESORÍA LEGAL, ABOGADOS DE FAMILIA, ¿HAY DOS HEREDEROS Y SOLO UNO ESTA GOZANDO DE LOS BIENES?, QUÉ ES LA PETICIÓN DE HERENCIA? ¿A QUIÉN CORRESPONDE EL DERECHO DE PETICIÓN DE HERENCIA? ¿QUIÉNES SON EXCLUIDOS POR INDIGNIDAD EN TEMAS DE HERENCIA? CARACTERÍSTICAS DE LA ACCIÓN DE PETICIÓN DE HERENCIA, SU TRATAMIENTO.

PETICIÓN DE HERENCIA - ABOGADOS DE FAMILIA

¿HAY DOS HEREDEROS Y SOLO UNO ESTA GOZANDO DE LOS BIENES?
A quienes les corresponde solicitarla?
Cuando tenemos una herencia y nos percatamos que está siendo ocupada por otra persona podemos hacer uso de la acción de petición de herencia, LA MISMA ES IMPRESCRIPTIBLE
La petición de herencia,  por no haber sido declarado heredero
Qué es la petición de herencia?
¿A quién corresponde el Derecho de Petición de Herencia?
¿Quiénes son excluidos por indignidad en temas de Herencia?
Características de la acción de petición de herencia, su tratamiento
Lo que dice la ley de petición de herencia en Perú. Los requisitos, el proceso, la demanda y la prescripción.

TRASMISIÓN SUCESORIA
Desde el instante del fallecimiento de una persona, los bienes, derechos y obligaciones que constituyen la herencia se trasmiten a sus herederos, es decir, el acervo bruto o líquido al que deben deducirse las cargas y deudas, por lo que los herederos se constituyen entonces en nuevos titulares del patrimonio que heredan correspondiéndoles a ellos el derecho de disposición sobre el mismo.

PETICIÓN DE HERENCIA
EL DERECHO DE PETICIÓN DE HERENCIA CORRESPONDE al heredero que no posee los bienes que considera que le pertenecen, y se dirige contra quien los posea en todo o parte a título sucesorio, para excluirlo o para concurrir con él. A ésta pretensión, puede acumularse la de declarar heredero al peticionante si, habiéndose pronunciado declaración judicial de herederos, considera que con ella se han vulnerado sus derechos. Estas pretensiones no prescriben y se tramitan como Proceso de Conocimiento o de mayor trámite o duración.

ENAJENACIÓN O COMPRA-VENTA DE BIENES HEREDITARIOS
El poseedor de buena fe que hubiera adquirido un bien hereditario está obligado a restituir su precio al heredero y si se le adeudara, se trasmitirá a este último el derecho de cobrarlo. En todos los casos, el poseedor de mala fe está obligado a resarcir al heredero el valor del bien y de sus frutos y ha indemnizarle el perjuicio que le hubiera ocasionado.

EXCLUSIÓN POR INDIGNIDAD EN TEMAS DE HERENCIA
Son excluidos de la sucesión de determinada persona, como herederos o legatarios (aquellos que reciben a título gratuito por testamento). Los autores o cómplices de homicidio doloso o de su tentativa, los condenados por delitos dolosos en agravio del causante o de alguno de sus herederos.

MIENTRAS LA HERENCIA PERMANEZCA INDIVISA SERÁ ADMINISTRADA POR EL ALBACEA O POR EL APODERADO COMÚN NOMBRADO POR TODOS LOS HEREDEROS O POR UN ADMINISTRADOR JUDICIAL.


PARA TENER EN CUENTA:
En los procesos judiciales sobre sucesión intestada y partición de bienes no se pueden excluir a los hijos nacidos fuera de matrimonio ni a los hijos pródigos (alcohólicos, drogadictos, etc.). Todos tienen derecho a heredar o ser partícipes de la masa hereditaria. En el caso de los pródigos, estos heredan pero se les nombra albaceas o administradores de sus bienes.
Llámenos al:
Fijo +51 1 7370804
Claro 986055084
Movistar 952541870
RPM #952541870
RPC 987688858
Un Abrazo y Éxitos
https://www.facebook.com//ABOGADOSPERUASESORIALEGALPORINTERNET/

"CUMPLIMOS CON NUESTRO COMPROMISO LEGAL DE EFICIENCIA, RESPONSABILIDAD Y LOGRO DE UNA JUSTICIA REAL POR TUS DERECHOS". Atención previa cita a los teléfonos: Fijo: 7370804 Celular: 986055084 RPC 987688858 RPM # 952541870 Email: albecasa2014@gmail.com aabogadosperu@hotmail.com