12/02/2016

DEMANDA DE ALIMENTOS PARA PADRES ¿CUÁNDO EL PADRE PUEDE PEDIR UNA PENSIÓN DE ALIMENTOS A SUS HIJOS?, ¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS DE LA DEMANDA DE ALIMENTOS PARA UN PADRE O UNA MADRE?, ¿CÓMO ES EL TRÁMITE DE LA PENSIÓN ALIMENTICIA PARA LOS PADRES?, DEMANDA DE ALIMENTOS PARA PADRES, PENSIÓN DE ALIMENTOS PARA LOS PADRES.


DEMANDA DE ALIMENTOS PARA PADRES
¿CUÁNDO EL PADRE PUEDE PEDIR UNA PENSIÓN DE ALIMENTOS A SUS HIJOS?, ¿CUÁLES SON 
LOS REQUISITOS DE LA DEMANDA DE ALIMENTOS PARA UN PADRE O UNA MADRE?, ¿CÓMO ES EL TRÁMITE DE LA PENSIÓN ALIMENTICIA PARA LOS PADRES?, DEMANDA DE ALIMENTOS PARA PADRES, PENSIÓN DE ALIMENTOS PARA LOS  PADRES.
Pensión de hijos a padres en estado de necesidad: Por ley y deber moral
La ley los protege.  Así como los padres se encuentran obligados a prestar alimentos a sus hijos menores, los hijos están obligados a prestar  pensión a sus padres cuando éstos se encuentren en un estado de necesidad que les impida valerse por sí mismos para su sustento. No es parte de un tratado moral, sino parte de la ley.
Sin embargo, ¿Cuántas veces nos topamos con personas de la tercera edad en estado de abandono y que en el mejor de los casos son acogidos por caridad en los albergues?. 
HONRARÁS A TU PADRE Y A TU MADRE
La ley peruana establece: 
Art. 2º, Inc.22. Toda persona tiene derecho a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida.
Art.4º.- La comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono.
Art.7º.- Todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad así como el deber de contribuir a su a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por sí misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, re adaptación y seguridad

Sin embargo, estas leyes son ignoradas por muchos hijos y más bien arguyen otras, que cuando son utilizadas de manera tendenciosa pueden despojarlos de sus bienes. Una de ellas es la interdicción, mediante la cual, los adultos mayores que no están en la plenitud de sus facultades, pueden ser representadas legalmente por los "curadores".
Podemos asistirlos!!


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