Con
frecuencia en los centros laborales se producen faltas graves por parte de los
trabajadores que justifican el despido: comisión de hurtos, apropiación de
bienes de la empresa, incumplimiento de las obligaciones de trabajo, concurrencia reiterada al trabajo en estado
de embriaguez, bajo influencia de drogas
o sustancias estupefacientes, entre otras,
son faltas graves determinadas por la Ley Laboral como causas justas de
despido.
Pese a la
justificación del despido que en realidad puede existir, muchos empleadores son
obligados a pagar una indemnización por despido arbitrario, que equivale a una
remuneración y media ordinaria mensual por cada año completo de servicios, con un máximo de doce (12) remuneraciones;
sentencias de pago que se dictan generalmente por no haber observado la
formalidad que la ley laboral exige para efectuar el despido, o porque el
empleador no ha tomado especial cuidado en recabar oportunamente la prueba que
acredite la causa del despido que se invoca.
En lo que
respecta a las formalidades para el despido, el empleador debe cumplir en estricto
el procedimiento de despido que la norma laboral establece. La inobservancia de
la formalidad determinará que la demanda por despido arbitrario sea declarada
FUNDADA aunque la causa del despido sea justa.
En otros
casos, en los que el procedimiento de despido se ha cumplido, el empleador
omite obtener la prueba idónea de la causa justa de despido; generalmente
sucede esto cuando se subestima al trabajador
y se cree que por su sentimiento de culpa no interpondrá ninguna acción,
lo cual conlleva a que no se realice una investigación objetiva de los hechos a
fin de acreditar fehacientemente la comisión de la falta grave, omitiéndose en
muchos casos formular las denuncias respectivas
que corresponden, o no se realizan las pericias que la situación en
particular pueda determinar para tener plenamente acreditada la causa justa de
despido.
Para
efectuar un despido por la comisión de una falta grave del trabajador, y no
incurrir en un despido arbitrario, debe cumplirse fielmente con el
procedimiento de despido establecido por ley, y paralelamente deben realizarse las investigaciones que
correspondan para tener suficientemente acreditado el hecho.
Una
adecuada y oportuna asesoría, eliminará al empleador consecuencias que cuestan
mucho.
Nuestro
estudio lo puede asistir legalmente.