1. Revisa registros públicos
Cuando decidimos adquirir un inmueble es necesario hacer una visualización previa en Registros Públicos. "Si se trata de un inmueble inscrito debemos leer la historia registral, en donde consta quiénes son y fueron los propietarios”.
Del mismo modo si el trato se hará con una empresa,se deberá investigar a la inmobiliaria con la que se pretende contratar y si tiene respaldo de un banco para que la operación sea mucho más confiable.
2. Obtén el certificado registral inmobiliario
“Antes de celebrar un contrato, se sugiere que obtenga el Certificado Registral Inmobiliario, un documento emitido por la Sunarp que precisa el nombre de los propietarios del inmueble, las características del mismo, si existen demandas, embargos, arrendamientos, hipotecas, entre otros datos de relevancia”.
Este documento es uno de los más importantes, al momento de adquirir este tipo de inmuebles ya que aquí se visualiza la historia registral de la propiedad de 30 años aproximadamente.
3. Realiza un contrato seguro
El profesional abogado preparará un contrato de acuerdo a cada caso, donde se señale el monto a pagar por el inmueble y sus características.
“Es importante también que uno vaya al domicilio y mire el inmueble. Se debe constatar que está desocupado o a disposición de la persona que va a comprar”, advierte.
Concluida la etapa de verificación, elabora un contrato de compraventa autorizado por un abogado y con la minuta firmada deberás solicitar el bloqueo registral de la propiedad hasta la firma de la escritura pública.
4. Paga por partes
Cuando se trata de un contrato con una inmobiliaria “Se debe acudir a la Sunarp para verificar la existencia de la empresa. También es recomendable que el comprador realice los pagos por tramos. Lo peor que podría hacer sería entregar mucho dinero al inicio, ya que incluso si se entablara un juicio y ganara, sería difícil cobrar a alguien que no cuenta con capital”.
5. Inscribe tu contrato
No basta con tener la escritura pública para ejercer el derecho de propiedad, ya que es necesario registrar el acto de la compraventa en la Sunarp, de manera que pueda ser de conocimiento público y cuente con todos los mecanismos de seguridad jurídica que brinda el registro.
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