¿CUÁNDO EL PADRE PUEDE PEDIR UNA PENSIÓN DE ALIMENTOS A SU HIJO?
Los padres pueden pedir una pensión alimenticia a su favor siempre que se produzca un estado de necesidad que los imposibilita de poder sustentar sus gastos primarios por cuenta propia. Un ejemplo de esta situación se produce con el acaecimiento de una enfermedad grave, que por lo general demanda gastos imprevisibles.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS DE LA DEMANDA DE ALIMENTOS PARA PADRE?
El único requisito, adicional a la existencia del estado de necesidad por parte de los padres, es la prueba suficiente de la existencia del vínculo paterno –filial. En este caso, puesto que se procederá al prorrateo en caso que existan dos o más hijos, se deberá adjuntar los medios que prueben el vínculo con cada uno de ellos.
¿CÓMO ES EL TRÁMITE DE LA PENSIÓN ALIMENTICIA PARA PADRES?
Como en el caso de otros procesos de asignación de alimentos, la pensión de alimentos en favor de los padres se resuelve a través de la vía sumarísima. La demanda debe ser presentada con todos los medios probatorios que demuestren la afectación y generen en el juez confianza respecto a la veracidad de los hechos expuestos. Adicionalmente, una vez presentada la demanda, se podrá solicitar la asignación anticipada.
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