4/01/2015

DIVORCIO RÁPIDO


En Perú, tramitar el Divorcio Rápido Según la Nueva Ley 29227, pueden acogerse a este procedimiento los cónyuges (esposos) que cumplan los siguientes requisitos:
  • Que estén de acuerdo.
  • Que tengan dos años de casados.
  • No tener hijos menores o incapaces.
Nuestros clientes deberán de asistir solo a una Audiencia o ninguna en caso desea lo representemos.
Para este tipo de divorcio, ambos esposos deben de estar dispuestos a firmar cuya solicitud de divorcio rápido.
Los requisitos son:
  • Tener un mínimo de 2 años de casados.
  • Copia de DNI o documento de identidad.
  • La Partida de Matrimonio (dentro de tres meses).
  • Partida de nacimiento de cada hijo (dentro de tres meses).
REQUISITO BÁSICO SI TIENE HIJOS MENORES
En caso que tengan Hijos menores de edad se debe adjuntar un acuerdo sobre:
  • Tenencia (quien se quedara con niños).
  • Alimentos (cuanto pasara el padre o madre que no tenga a los niños).
  • Régimen de Visitas (que días y a qué horas lo verá el padre o madre que no los tiene).
Si aún no cuenta con estos requisitos contamos con Abogados conciliadores.
Si tienen bienes inmuebles como casas terrenos u otros, que has adquiridos dentro de matrimonio hay que realizar un procedimiento previo llamado separación de patrimonios en donde deben repartirse los bienes por partes iguales, o según los acuerdos de cada uno, inclusive las deudas.

EN CASO DE NO EXISTIR ACUERDO ENTRE LOS ESPOSOS PARA DIVORCIARSE O NO TENER DOS AÑOS DE CASADOS, el divorcio deberá ser tramitado ante el Juez siempre que exista alguna causal de divorcio establecida en la ley. Para ello (Consulte por nuestros servicios de Divorcio sin Acuerdo). Contamos con profesionales especializados para divorcio por causal.

 SI DESEA DAR INICIO A UN PROCESO DE DIVORCIO RÁPIDO EN UN DÍA, COMUNÍQUESE CON NOSOTROS,QUIENES GUSTOSOS LO ATENDEREMOS RESERVÁNDOLE UNA CITA EN NUESTRO ESTUDIO.IGUALMENTE PUEDE ENCONTRARNOS EN FACEBOOK:

DIVORCIOS SIN ACUERDOS, DIVORCIO POR CAUSAL, SEPARACIÓN DE HECHO, IMPOSIBILIDAD DE HACER VIDA EN COMÚN, Tel: 7370804 986055084 952541870


Estos divorcios son una batalla judicial la que solo ganara solo si presente suficientes pruebas.
Se llama divorcio unilateral por que para que se haga realidad no necesita que el otro esposo acepte, incluso con oposición del esposo (a) se puede dar, si Ud. logra probar la causa del mismo, el Juez lo divorciará.
Este trámite si es únicamente judicial, aquí no puede intervenir ni el Notario ni el alcalde, solo el Juez de Familia.
En el Perú se han regulado 12 causas de divorcio, obviamente será su abogado quien elija la menos compleja y la que cuenta con mayores pruebas.A esta demanda puede Ud acumular otros pedidos :
  • Un pago por daños.
  • Una pensión vitalicia.
  • Que los bienes queden solo para ud y se le castigue a su esposo(a) con la perdida de ellos.
De acumular estos pedidos especiales estos a su vez también deben contar con sus propias pruebas y fundamentos, muchas de estos pedido el Juez no los otorga por que sencillamente no se lo pidieron o no aportaron pruebas.
Las causales son las siguientes:
ADULTERIO
Necesariamente debe acreditarse que el esposo(a) infiel ha mantenido relaciones sexuales con otra persona, si bien es cierto esto es difícil de probar, el abogado especialista sabe como generar estas pruebas o en todo caso a través de indicios puede construir la prueba (el abogado que lo haga no solo debe ser especialista en derecho de familia sino en la “teoría de la prueba”)
Si bien es cierto esta causal pierde su efecto a los 5 años de conocido el hecho infiel, se puede demandar aun bajo nuevos hechos que Ud debe esforzarse en probar.
VIOLENCIA FÍSICA Y PSICOLÓGICA
La violencia Física y Psicológica de la que Ud puede ser victima en su hogar, es causal de divorcio, sin embargo ésta a veces resulta complicado de probar, si bien es cierto los exámenes médicos pueden concluir que Ud es victima de violencia , esta opinión no será suficiente  para convencer al Juez.
Su abogado se debe esforzar en acompañar otros tipos de pruebas, solo un análisis exhaustivo de su caso lo podrá dar luces de las otras pruebas para acompañar a los exámenes médicos.
ATENTADO CONTRA LA VIDA DEL ESPOSO(A)
Es cuando Ud a sufrido un ataque con la intención de matarlo.
Esto no es muy común, mayormente es cierto que existe gran cantidad de ataques de un esposo a otro pero debe demostrarse que la intencionalidad era “eliminar” al otro esposo, siendo así es muy común que por una errada asesoría esta causal se pierda, la razón es que la confunden con la causal de violencia física.
En otras palabras esta causal esta referida al intento de homicidio y por lo menos se debe contar con un informe policial (atestado) que así lo certifique.
INJURIA GRAVE
Injuriar es ofender a través de palabras o actitudes, no confundirla con la violencia psicológica, no es lo mismo imputar una conducta que dañe el honor, como puede ser acusar de “ladrón”,  que maltratar psicológicamente
En esta causal un abogado no especializado puede correr el riesgo de confundirla con la violencia psicológica, lo mejor es asesorarse por expertos en el tema.
ABANDONO INJUSTIFICADO DEL HOGAR POR 2 AÑOS
En esta causal debe acreditarse que un esposo(a) se alejo sin justa razón del hogar conyugal y este alejamiento va de la mano con el incumplimiento de obligaciones económicas y morales propias del matrimonio.
Este alejamiento debe ser por un periodo de 2 años o si existen periodos de alejamiento espaciados deben sumar este mismo tiempo.
Es importante que Ud tenga en cuenta que debe acreditar que quien abandono el hogar tenia todas las comodidades, que los deberes propios del matrimonio eran perfectamente cumplidos por Ud, y a pesar de ello sin justificación alguna  su cónyuge se alejo del hogar. 
LA CONDUCTA DESHONROSA
La vergüenza que nos puede causar nuestro esposo (a) por realizar de manera publica actos que nos deshonren, el caso de que uno de los esposos mantenga relaciones extramaritales, en las que Ud no pueda probar que existe sexo, es el caso mas común (hay otros hechos que pueden ser planteados).
Sin embargo es necesario saber ordenar las pruebas a fin de no confundir al Juez con el adulterio.
Otros hechos que nos causen vergüenza, como que nuestro esposo (a) tiene vicios o incurre en actos contra las buenas costumbres o delitos, pueden ser planteados bajo esta modalidad.   
Debe el abogado poner especial atención en no confundirla con la causal de imposibilidad de hacer vida en común.
USO DE DROGAS
Esta causal es clarísima, es decir Ud solo debe probar que su esposo(a) es un consumidor  de drogas. Tenga presente que al pretender probarlo, es remoto que la otra parte acepte este hecho.
Por eso a través de otros medios, en su mayoría de carácter científico, debe probarlo. 
Esto debe solicitarlo su abogado de lo contrario esta demanda se perderá.
ENFERMEDAD GRAVE DE TRASMISIÓN SEXUAL
Cada vez son mayores las enfermedades de carácter sexual que pasan a ser consideradas graves.
Cuando una de estas es trasmitida de un esposo a otro, entonces por medio de certificados, historias clínicas y exámenes médicos se deberá acreditar la transmisión y el divorcio será la consecuencia normal.
LA HOMOSEXUALIDAD
Esta conducta se materializa cuando uno de los esposos mantiene un acto sexual con persona de su mismo sexo, esta situación de homosexualidad debe presentarse luego del matrimonio.
LA IMPOSIBILIDAD DE HACER VIDA EN COMÚN
Causal controvertida y aun desconocida por muchos jueces y abogados.
El error mas común es pensar que  se trata solo de acreditar que los esposos son incompatibles en sus caracteres, realmente ello es algo subjetivo y no hay un solo antecedente que así lo haya resuelto.
Se trata solo de acreditar que de manera  permanente y continua se ejecutan actos que perjudican al otro cónyuge o a la familia o al patrimonio familiar, esto puede ser (entre otros) endeudarse mas allá de la capacidad de pago y poner en riesgo el patrimonio conyugal.   
Esta causal realmente es compleja y recomendamos solo usarla cuando no se pueda acoger a otra.
SEPARACIÓN DE HECHO
Esta es la mas usada por todos aquellos que no pueden divorciarse de mutuo acuerdo.
Se debe acreditar que se encuentra al día en el pago de la pensión alimenticia.     
En esta causal solo debe probar que se encuentra separado de su esposo(a) mas de 2 años, en caso no haya hijos menores; en caso de hijos menores, probar la separación por más de 4 años.
Con  esta causal  es factible lograr la separación, el divorcio, para ello el abogado tiene que cuidar la adecuada presentación de  las pruebas que sustenten  la separación, que no significa solo presentar como pruebas la partida de matrimonio que solo prueba la boda y nada mas.
La mayoría de personas sustenta su demanda en las famosas denuncias policiales, y estas, cuando son de autoría del propio solicitante de divorcio, carecen de merito probatorio; ya que solo es la versión del propio interesado, la que el Juez no puede valorar como prueba.
        "SOMOS  ABOGADOS  ESPECIALISTAS".
Tenga presente que cualquiera de estas causales que Ud. decida hacer uso, debe hacerlo con la seguridad de ganarla y eso solo será posible en la medida que haya presentado suficientes pruebas.

De perderla, ya no podra jamás volver a solicitar el divorcio por esa causal por ser cosa juzgada.


POR ELLO, SI DESEA DAR INICIO A UN PROCESO DE DIVORCIO POR SEPARACIÓN DE HECHO o UNA DE LAS CAUSALES MENCIONADAS, COMUNÍQUESE CON NOSOTROS,QUIENES GUSTOSOS LO ATENDEREMOS RESERVÁNDOLE UNA CITA EN NUESTRO ESTUDIO.IGUALMENTE PUEDE ENCONTRARNOS EN FACEBOOK:

DIVORCIO POR SEPARACIóN DE HECHO


Separación de Hecho
  1. Esta es la mas usada por todos aquellos que no pueden divorciarse de mutuo acuerdo.
  2. Acreditar que se encuentra al día en el pago de la pensión alimenticia.     
  3. En esta causal solo debe probar que se encuentra separado de su esposo(a) mas de 2 años, en caso no haya hijos menores; en caso de hijos menores, probar la separación por más de 4 años. 
      SI DESEA DAR INICIO A UN PROCESO DE DIVORCIO POR SEPARACIÓN DE HECHO, COMUNÍQUESE CON NOSOTROS,QUIENES GUSTOSOS LO ATENDEREMOS RESERVÁNDOLE UNA CITA EN NUESTRO ESTUDIO.IGUALMENTE PUEDE ENCONTRARNOS EN FACEBOOK:
Email: albecasa2014gmail.com

DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO




Dura tres meses. 
El divorcio si es una coincidencia de voluntades de ambos esposos puede tramitarse de mutuo acuerdo (llamado también convencional) este tramite persigue ponerle fin al matrimonio, solo se firma una solicitud y adjunta un documento llamado propuesta de convenio.
En el "convenio" deciden quién se queda con los niños (tenencia) cuanto dará el padre que nos los tiene para su manutención (alimentos) que días los visitara (régimen de visitas) esto solo tomo 15 minutos.
Si existen bienes de importancia (casas, terrenos, autos, empresas) se debe realizar un documento aparte que se llama SEPARACION DE PATRIMONIOS.
Es importante que Ud. tenga en cuenta que en este trámite la autoridad no los ayudara aponerse de acuerdo, son Uds. los que proponen su acuerdo de acuerdo a sus propias negociaciones.

 LOS ACUERDOS
1. Mas de 2 años de casados
2. Con hijos menores puede Ud. acceder a el, solo debe definir la pensión de alimentos, tenencia, y visitas de estos.
3. Solo se tiene que declarar como se repartirán los bienes. 
4. También se puede tramitarlo si se encuentra en el extranjero.

LOS DOCUMENTOS
1.  Partida de Matrimonio
2.  Partida de Nacimiento de Hijos. (*)
3.  Títulos de Propiedad de Casa o Departamentos. (*)
4. Copia de Tarjeta de propiedad de vehiculo.(*)
5.  Copia de los DNI o documento de identidad.
 SI DESEA DAR INICIO A UN PROCESO, COMUNÍQUESE CON NOSOTROS,QUIENES GUSTOSOS LO ATENDEREMOS RESERVÁNDOLE UNA CITA EN NUESTRO ESTUDIO.IGUALMENTE PUEDE ENCONTRARNOS EN FACEBOOK:ABOGADOS PERÚ ASESORÍA LEGAL x INTERNET  
Email: albecasa2014gmail.com
www.facebook.com/Dra.AliciaCabeza
Puede contactarnos a través del siguiente  nuestra página en Facebook: www.facebook.com/ABOGADOSPERUASESORIALEGALPORINTERNET
Alicia Beatriz Cabeza Sáenz, abogada peruana  – asesoría legal – abogados de familia
Albecasa2014@gmail.com
0051-1-737-08-04
0051-1-986-055-084
0051-1-952-541-870

RECONOCIMIENTO DE SENTENCIA EXTRANJERA: EXEQUATUR

Un EXEQUATUR es la fórmula o procedimiento que hace posible la ejecución de resoluciones dictadas por tribunales extranjeros.

Si nos referimos al Perú, la definición sería el proceso tendiente a obtener el reconocimiento por tribunales peruanos de una Resolución Judicial expedida en el extranjero.
Existen varios requisitos necesarios para que sea posible su aplicación:
Hay cinco características definitorias básicas:
  1. Qué la sentencia no resuelva sobre asuntos de competencia exclusiva peruana.
  2. Que el Tribunal extranjero haya sido competente para conocer el asunto. de acuerdo con las normas de Derecho Internacional.
  3. En divorcio, acreditar que el domicilio conyugal se constituye en el lugar donde se emitió la sentencia extranjera.
  4. Acreditar que se haya citado al demandado conforme a la Ley; el lugar del proceso; que se le haya concedido el plazo para comparecer y que se le hayan otorgado las garantías del debido proceso.
  5. Acreditar, mediante Resolución o certificación expendida por el Tribunal Extranjero, que la sentencia tiene calidad o autoridad de "Cosa Juzgada".
  6. Acreditar, mediante Resolución o certificación expendida por el Tribunal Extranjero, que la sentencia tiene calidad o autoridad de "Cosa Juzgada".
  7. Acreditar que no existe en el país juicio pendiente entre las mismas partes y sobre el mismo objeto iniciado con anterioridad a la Interposición de la demanda que originó la sentencia, mediante Certificación o Declaración Jurada de su inexistencia debidamente legalizada o certificada ante la Secretaria de la Sala.
  8. Acreditar que la sentencia, materia de Reconocimiento, no es incompatible con otra.
  9. Realizar la Demanda.
  10. Audiencia de Actuación y Declaración Judicial.

    Somos Abogados comprometidos con usted, cuya misión es conseguir que la sentencia extranjera de su divorcio, sea reconocida plenamente en el Perú.

    Representación judicial durante todo el Proceso de EXEQUATUR, hasta obtener la respectiva ANULACIÓN DEL ACTA MATRIMONIAL en el Registro civil del Municipio o Consulado respectivo.
Somos especialistas en Exequátur.
Representación judicial durante todo el Proceso de Exequátur, hasta obtener la respectiva ANULACIÓN DEL ACTA MATRIMONIAL en el Registro civil del Municipio o Consulado respectivo.
Desde donde se encuentre en el extranjero y sin necesidad de venir al Perú, usted logrará que su sentencia extranjera de divorcio sea reconocida y tenga plenos efectos jurídicos en el Perú.
Nuestro servicio incluye el envío de información continua sobre el avance de su proceso.
Nos encargaremos absolutamente de TODO.
RESERVA DE CITAS:
CENTRAL TELEFONICA: 51 (1) 7370804 Cel. Claro 986055084 Cel. Movistar 952541870.
www.facebook.com/EXEQUATURDELPERU


SI DESEA DAR INICIO A UN PROCESO, COMUNÍQUESE CON NOSOTROS,QUIENES GUSTOSOS LO ATENDEREMOS RESERVÁNDOLE UNA CITA EN NUESTRO ESTUDIO.IGUALMENTE PUEDE ENCONTRARNOS EN FACEBOOK:

CONSTITUCIÓN DE EMPRESAS EN PERU: COMO CONSTITUIR UNA EMPRESA?

COMO CONSTITUIR UNA EMPRESA EN PERU


Si usted tiene un proyecto empresarial que además del registro del nombre comercial y cualquier otro registro o patente, requiere la constitución de una nueva empresa, nosotros podemos ayudarle y ofrecerle ayuda global hasta que su empresa se encuentre operando en el Perú.
Las pasos más importantes en el proceso de constitución de una sociedad en el Perú, son los siguientes:
1.- Determinar el nombre de la empresa y su domicilio, que debe ser una ciudad en el Perú.
2.- Capital (cuánto pone cada uno).
3.- Objeto social de la nueva empresa.
4.- Nombramiento del gerente general, nombramiento de los directores y régimen de poderes.
El contrato social se eleva a escritura pública ante notario (a través de una minuta firmada por abogado) con ello el notario garantiza que ese documento salió de la esfera de las dos partes y puede ser de conocimiento público. Esa escritura pública el notario la pasa al Registro de Personas Jurídicas para inscripción.
Un vez inscrito se puede tramitar el RUC, licencia de funcionamiento, planillas y otros trámites anexos.
CONSTITUCIÓN DE EMPRESAS
Todo tipo de Empresas,  Asociaciones, ONG’s. Elaboración de Estatutos. Elaboración de todo tipo de contratos laborales. Asesoramiento específico a Empresas por horas.
SI DESEA DAR INICIO A LA CONSTITUCIÓN DE SU EMPRESA COMUNÍQUESE CON NOSOTROS, QUIENES GUSTOSOS LO ATENDEREMOS RESERVÁNDOLE UNA CITA EN NUESTRO ESTUDIO.IGUALMENTE PUEDE ENCONTRARNOS EN FACEBOOK:

DERECHO DE FAMILIA

ESPONSALES,  NULIDAD MATRIMONIAL,   SEPARACIÓN MATRIMONIAL,   DIVORCIO POR MUTUO ACUERDO, DIVORCIO POR CAUSAL,  REGÍMENES MATRIMONIALES,  PATRIA POTESTAD,  RÉGIMEN DE VISITAS,  TUTELA,  CURATELA,  DERECHO DE ALIMENTOS, DEMANDA DE ALIMENTOS, DEMANDA DE AUMENTO DE ALIMENTOS, DEMANDA DE PRORRATEO DE ALIMENTOS.

QUÉ ES EL DERECHO DE FAMILIA


El Derecho de familia es el conjunto de normas e instituciones jurídicas que regulan las relaciones personales y patrimoniales de los miembros que integran la familia, entre sí y respecto de terceros.
En esta rama jurídica las principales áreas tratadas por nuestro Estudio son las siguientes:
  1. Esponsales
  2. Nulidad matrimonial
  3. Separación matrimonial
  4. Divorcio
  5. Regímenes matrimoniales
  6. Patria potestad
  7. Regimen de visitas
  8. Tutela
  9. Curatela
  10. Derecho de alimentos
Somos especialistas en Derecho de Familia.  
 SI DESEA DAR INICIO A ALGUN PROCESO DE LOS MENCIONADOS, COMUNÍQUESE CON NOSOTROS,QUIENES GUSTOSOS LO ATENDEREMOS RESERVÁNDOLE UNA CITA EN NUESTRO ESTUDIO.IGUALMENTE PUEDE ENCONTRARNOS EN FACEBOOK: