El régimen de visitas, tras una separación o divorcio con hijos menores, constituye un derecho y a su vez una obligación para el progenitor que no ha obtenido la tenencia y custodia de su hijo o hijos.
¿Quién establece el régimen de visitas?
Existe dos caminos para establecer el régimen de visitas, uno es por mutuo acuerdo acuden a un centro de conciliación y se levanta un acta de conciliación por acuerdo total.
El otro camino es, la vía judicial, se pide régimen de visitas, con la probanza que no se le deja ver al niño, puede ser un video, mensajes de WhatsApp o otros.
Este proceso, por la pandemia se lleva de forma virtual, desde donde se encuentre puede enviar sus documentos y se presenta la demanda a la plataforma del poder judicial.
Si usted, desea mayor asesoramiento o iniciar el proceso no dude en consultarnos:













